Delitos de Atentado, Resistencia y Desobediencia a la Autoridad

¿Qué conductas castiga nuestro Código Penal?

Regulados en el Título XXII, Capítulo II. Los hechos punibles que recoge este Capítulo consisten en la agresión o resistencia grave a la autoridad, sus agentes o funcionarios públicos.
Especial conocimiento de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo debemos tener en relación a estos tipos delictivos, a la hora de examinar el supuesto concreto.

¿Qué diferencia hay en las conductas de los artículos 550 y 556 del Código Penal en relación con la “resistencia”?

La actividad o pasividad de esa resistencia y la intensidad de la gravedad de la conducta de oposición al mandato emanado de la autoridad o sus agentes.

Con ello, la resistencia activa grave, llevada a cabo mediante intimidación o violencia, constituye un delito de atentado del art. 550 CP. En cambio, la resistencia activa no grave y la resistencia pasiva, son subsumibles en las conductas del art. 556 CP.

La conducta de resistencia pasiva no grave ha quedado despenalizada, y podrá ser constitutiva de infracción, con base en la Ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección a la seguridad ciudadana.

Delitos de Atentado, Resistencia y Desobediencia a la Autoridad

¿Qué conductas castiga nuestro Código Penal?

Regulados en el Título XXII, Capítulo II. Los hechos punibles que recoge este Capítulo consisten en la agresión o resistencia grave a la autoridad, sus agentes o funcionarios públicos.
Especial conocimiento de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo debemos tener en relación a estos tipos delictivos, a la hora de examinar el supuesto concreto.

¿Qué diferencia hay en las conductas de los artículos 550 y 556 del Código Penal en relación a la “resistencia”?

La actividad o pasividad de esa resistencia y la intensidad de la gravedad de la conducta de oposición al mandato emanado de la autoridad o sus agentes.

Con ello, la resistencia activa grave, llevada a cabo mediante intimidación o violencia, constituye un delito de atentado del art. 550 CP. En cambio, la resistencia activa no grave y la resistencia pasiva, son subsumibles en las conductas del art. 556 CP.

La conducta de resistencia pasiva no grave ha quedado despenalizada, y podrá ser constitutiva de infracción, con base en la Ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección a la seguridad ciudadana.

¿Necesitas un abogado especialista en Delitos de Atentado, Resistencia y Desobediencia a la Autoridad?

El estudio del supuesto concreto con base en la tipicidad, sus elementos, y la jurisprudencia aplicable, provocará que el porcentaje de éxito en la defensa sea elevado. En Jaraquemada Abogados, especialistas en Derecho Penal, garantizamos la mejor posición en defensa de tus intereses. Estaremos a tu lado durante todo el proceso judicial.

No estás sólo.

¿Necesitas un abogado especialista en Delitos de Atentado, Resistencia y Desobediencia a la Autoridad?

El estudio del supuesto concreto con base en la tipicidad, sus elementos, y la jurisprudencia aplicable, provocará que el porcentaje de éxito en la defensa sea elevado. En Jaraquemada Abogados, especialistas en Derecho Penal, garantizamos la mejor posición en defensa de tus intereses. Estaremos a tu lado durante todo el proceso judicial.

No estás sólo.

    Cumplimiento con la protección de datos.- Sus datos serán tratados por Lorenzo Fernández Jaraquemada. con la finalidad exclusiva de dar respuesta a su consulta o petición. No serán cedidos a ningún tercero. Nuestro plazo de conservación, si usted no es cliente, es de 1 año. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación y a nos ser objeto de decisiones automatizadas en nuestro correo info@jaraquemadaabogados.es, donde le atenderá nuestro DPD. Puede ampliar nuestra información sobre el tratamiento de datos en el enlace a la Política de privacidad.
    He leído las condiciones del Aviso Legal y Política de Privacidad

    Contacta con nosotros

      Cumplimiento con la protección de datos.- Sus datos serán tratados por Lorenzo Fernández Jaraquemada. con la finalidad exclusiva de dar respuesta a su consulta o petición. No serán cedidos a ningún tercero. Nuestro plazo de conservación, si usted no es cliente, es de 1 año. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación y a nos ser objeto de decisiones automatizadas en nuestro correo info@jaraquemadaabogados.es, donde le atenderá nuestro DPD. Puede ampliar nuestra información sobre el tratamiento de datos en el enlace a la Política de privacidad.
      He leído las condiciones del Aviso Legal y Política de Privacidad
      ¿Necesitas ayuda?
      Call Now Button